GE 78 – GRUPO ESPECIAL 78
El GE 78 fue creado a fines de 1977, era un grupo especial para la custodia del mundial de Fútbol, que comandó el coronel Mohamed Alí Seineldín y que en realidad se dedicó a reprimir con la fin de que ningún disidente empañara la "fiesta del fútbol".
En Mendoza, para finales de 1977, habían sido diezmados los partidos de izquierda y eliminadas las organizaciones afines a la lucha armada; los Centros Clandestinos de Detención (CCD) tenían poca actividad: el D-2 recibía detenciones esporádicas y el campo Las Lajas de la IV Brigada Aérea fue desmantelado antes del mundial. Los Consejos de Guerra habían sido desarmados y las comisarías que funcionaron como LRD (Lugar de Reunión de Detenidos) habían retornado a sus rutinas. También, a fines del 77, se dio una renovación de los mandos militares y de la policía que habían ejecutado la represión en los primeros tiempos de la Dictadura. En este marco se creó GE 78, destinado a las acciones “antisubversivas” en la subsede Mendoza del mundial de fútbol.
Este era un grupo operativo local, reducido y ágil compuesto por elementos experimentados que respondían a la lógica del terrorismo de Estado. El GE 78 puso la mira en los que denominaban "subversivos residuales", personas que pertenecían a agrupaciones sociales o políticas opositoras o habían simpatizado con corrientes de izquierda, así como en unos pocos militantes que habían logrado eludir la represión. En el período que funcionó este grupo, 29 personas fueron secuestradas y desaparecidas en Mendoza.
Casualmente, el 2 de agosto de 2012, en los Tribunales Federales se inicia el Juicio que, entre otras causas, trata delitos cometidos entre el 17 y el 28 de mayo de 1978. Días antes del inicio del Mundial fueron secuestrados y desaparecidos Raúl Gómez, Margarita Dolz de Castorino, Gustavo Camín y Mario Camín (padre e hijo), los hermanos Daniel y Juan Carlos Romero, Víctor Hugo Herrera, Juan José Galamba y Ramón Sosa; posibles víctimas del GE 78, cuyos casos ya llegaron a la Justicia.
El selecto grupo en cuestión, compuesto por oficiales de la Policía de la Provincia, estaba a cargo de Carlos Rico Tejeiro, quien años después se desempeñara como Subsecretario de Seguridad en el primer tramo del gobierno de Celso Jaque, pero que, en pocos meses, fuera destituido por presiones relacionadas con su oscuro pasado. También lo integraban Ignacio Medina, Subjefe de Policía en 1997 que debió retirarse cuando sucedió el crimen del estudiante bonaerense Sebastián Bordón; Eduardo Smaha Borzuk sentenciado a cadena perpetua por múltiples homicidios durante la Dictadura y dos recordados jefes del D2 de dudosa reputación: Pedro Sánchez y Adolfo Siniscalchi. Antiguos policías recuerdan que en una de las prácticas del grupo que conducía Rico murió de una ráfaga de Itaka el subinspector Jorge Aldo Cornejo. Sin dudas, el GE 78 funcionó en sentido contrario a su consigna: “Hacer el bien venciendo el mal”; además de los múltiples secuestros y desapariciones tuvo una víctima en sus propias filas.


- personal militar de las tres armas, con responsabilidades y autoridad distribuidas según las áreas de asentamiento (San Luis, San Rafael, etc.).
- personal de la Policía Federal
- personal de la policía de Mendoza
- “ “ “ San Juan
- “ “ “ San Luis
Sus integrantes participaban de los interrogatorios realizados bajo tortura. Dependían sólo del Comando Militar, y en lo funcional se encontraban por encima de sus superiores en la cadena de mandos jerárquica.
Los decretos 2770, 2771 y 2772 fueron reglamentados por la directiva 1/75 del Consejo de Defensa (15/10/75) que instrumentó el empleo de las fuerzas armadas, de seguridad, policiales y demás organismos puestos a su disposición para la lucha antisubversiva y dispuso la acción conjunta de todas las fuerzas.
La directiva del Comandante Gral. del Ejército N° 404/75 (28/10/75) fijó la jurisdicción de los comando de zona y subzona. Así el país se dividió en 5 Zonas. La Zona 3, a cargo del Tercer Cuerpo de Ejército con asiento en la ciudad de Córdoba tenía jurisdicción sobre las provincias de Salta, Jujuy, Córdoba, Tucumán, Santiago del Estero, La Rioja, Catamarca, Mendoza, San Juan y San Luis.
El COT recibía del Comando Militar la orden de realizar un operativo con determinado objetivo. Por sí mismo, organizaba el operativo, coordinaba las acciones, asignaba el personal, disponía liberación de áreas, dirigía el operativo, y conducía a las personas secuestradas a centros de detención predeterminados.
La directiva del Comandante Gral. del Ejército N° 404/75 (28/10/75) fijó la jurisdicción de los comando de zona y subzona. Así el país se dividió en 5 Zonas. La Zona 3, a cargo del Tercer Cuerpo de Ejército con asiento en la ciudad de Córdoba tenía jurisdicción sobre las provincias de Salta, Jujuy, Córdoba, Tucumán, Santiago del Estero, La Rioja, Catamarca, Mendoza, San Juan y San Luis.
El COT recibía del Comando Militar la orden de realizar un operativo con determinado objetivo. Por sí mismo, organizaba el operativo, coordinaba las acciones, asignaba el personal, disponía liberación de áreas, dirigía el operativo, y conducía a las personas secuestradas a centros de detención predeterminados.