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viernes, 7 de octubre de 2011

Audiencia del 6 de octubre

JUSTICIA

Luego de casi un año de debate finalizó el segundo juicio por delitos de Lesa Humanidad en Mendoza. El dictado de sentencias por parte de los integrantes del Tribunal Oral Federal nº 1 significó condenas de prisión perpetua para los ex policías Oyarzábal, Smaha, Lucero y Rodríguez Vásquez, 12 años para el ex teniente Migno y absolución para el agente militar Furió.

“Quiero reconocer a las partes el profesionalismo y el respeto con el que se han desempeñado, además reconocer al público ese mismo respeto y al equipo de Derechos Humanos que colaboró durante todo el debate e hizo posible el debido proceso”. Así introducía el presidente del Tribunal Oral Federal nº 1, Doctor Juan Antonio González Macías, la última audiencia en los históricos juicios en la ciudad de Mendoza por delitos de lesa humanidad perpetrados durante la última dictadura cívico-militar. A continuación, el fallo condenatorio:
“Sentencia nº 1.326: En la ciudad de Mendoza a los seis días del mes de octubre de 2.011, el Tribunal oral en lo federal criminal nº 1, en autos nº 001M (Menéndez Luciano Benjamín y otros) y sus acumulados 009M, 010M, 011M, 022M, 025M, 031M, 032S Y 055M incoados contra Eduardo Smaha Borzuck, Paulino Enrique Furió, Celustiano Lucero, Luis Rodríguez Vásquez, Dardo Migno y Juan Agustín Oyarzábal; en forma definitiva falla:
Condenando a Oyarzábal, a la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua por ser coautor mediato penalmente responsable de los delitos de privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencia y amenaza en perjuicio de Ricardo Sánchez Coronel, Rafael Olivera, Nora Rodríguez Jurado, Rosario Aníbal Torres y Alicia Cora Raboy; imposición de tormentos agravada por la condición de detenido político de la víctima en perjuicio de Sánchez Coronel, Torres y Raboy; homicidio calificado por alevosía por el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de procurar impunidad en perjuicio de Sánchez Coronel, Olivera, Rodríguez Jurado, Torres y Raboy; y homicidio calificado por alevosía por el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Francisco Urondo.
Condenando a Smaha, a la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua por ser coautor mediato penalmente responsable de los delitos de privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencia y amenaza en perjuicio de Rosario Torres, Alicia Raboy y Salvador Moyano; imposición de tormentos agravada por la condición de detenido político de la víctima en perjuicio de Torres y Raboy; homicidio calificado por alevosía por el concurso premeditado de dos o más personas y con el fin de procurar impunidad en perjuicio de Torres y Raboy; y homicidio calificado por alevosía por el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Urondo y Moyano.
Condenando a Lucero y Rodríguez Vásquez a la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua por ser coautores materiales penalmente responsables del delito de homicidio calificado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Francisco Urondo.
Condenando a Dardo Migno, a la pena de 12 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua por ser coautor mediato penalmente responsable de los delitos de privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas e imposición de tormentos agravada por la condición de perseguido político de la víctima en perjuicio de Ángel Bustelo.
Absolviendo a Smaha del delito de allanamiento ilegal de domicilio en perjuicio de Arturo Elías Rodríguez y Marta Godoy, por extinción y prescripción de la acción penal.
Absolviendo a Paulino Furió de los delitos cuya comisión se le imputara en los autos 010M en perjuicio de Jorge del Carmen Fonseca, disponiendo el cese de la custodia policial.
Ordenando que los condenados cumplan las penas impuestas en los establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario Federal que resulten adecuados a sus condiciones de salud a cuyo fin deberán tener en consideración las pericias e informes médicos obrantes. Por tanto se revoca la excarcelación o eximición de prisión o prisión domiciliaria que gozaron durante el proceso y se dispone su inmediata detención en los establecimientos que correspondan. Entre tanto se hace efectivo el traslado dispuesto: Smaha, Rodríguez Vásquez y Lucero permanecerán alojados en dependencias de la Unidad Penitenciaria 32 y Migno y Oyarzábal detenidos en sus domicilios.
Sentencia firmada por los Doctores Alejandro Waldo Piña, Juan Antonio González Macías y Raúl Alberto Rodríguez, el juicio ha concluido en esta instancia y las partes quedan notificadas".

Es fundamental tener en cuenta que todos los delitos por los cuales los responsables fueron condenados están tipificados “en el Código Penal y en concurso real calificándolos como de Lesa Humanidad y cometidos en el contexto de delito internacional de genocidio”. Y si bien Furió, ex jefe de inteligencia del Ejército, quedó absuelto, continúa en proceso por su responsabilidad en relación a los crímenes cometidos en el centro de desaparición “Las Lajas”.

Tras 35 años de impunidad en una provincia dónde el terrorismo de Estado segó la vida de más de doscientos compañeros y persiguió, torturó y encarceló a cientos, la justicia finalmente dio su veredicto en el histórico marco de verdad y memoria presente en el país. La reivindicación de las víctimas, la inclaudicable lucha de los familiares y una sociedad y un Estado en pleno respeto por los Derechos Humanos, permitieron el ejemplar castigo a los culpables de la peor masacre de nuestra historia. “Cómo a los nazis les va a pasar…” renovaban la esperanza, entre abrazos y emociones, más de cien almas en la sala, otras 300 en la calle y la memoria de 30.000 más en la Argentina.

miércoles, 5 de octubre de 2011

Audiencia del 4 de octubre

PEDIDO DE PENAS Y EXHORTACION
Los abogados querellantes y la fiscalía coincidieron en solicitar prisión perpetua en cárcel común para los imputados, con excepción de Dardo Migno, acusado de la detención y tormentos contra Ángel Bustelo; asimismo pidieron su exoneración de la policía o el ejército, según correspondiere. La defensa demandó la absolución y los imputados declinaron hacer uso de la palabra.

De las 18 causas con que se iniciaron los debates, en noviembre del año pasado, quedaron sólo ocho. En el camino falleció el imputado Juan Pablo Saa y fueron apartados Tamer Yapur y Armando Fernández por razones de salud, motivo por el cual la mayoría de las causas fueron suspendidas.
De las causas restantes, las penas solicitadas para los casos de las desapariciones forzadas remitieron a los delitos de privación de la libertad y homicidio agravado, tal el caso de Rafael Olivera y Nora Rodríguez Jurado, matrimonio católico próximo a Montoneros; en esta calificación también quedaron comprendidos el joven trabajador Salvador Moyano y el estudiante neuquino Jorge Fonseca. En los casos de los desaparecidos Ricardo Sánchez Coronel, delegado bancario y el ex policía puntano Rosario Aníbal Torres, quienes posiblemente murieron en el D2 a causa de la torturas, los cargos se ampliaron a aplicación de tomentos. Esta última figura fue adjudicada, además, al caso de la desaparecida Alicia Raboy quien fue castigada con saña en el momento de su secuestro. En cuanto a Francisco Urondo, muerto en el acto, se tipificó directamente de homicidio agravado. También las partes hicieron referencia a la privación ilegítima de la libertad de las niñas Jimena Olivera y Ángela Urondo quienes llegaron detenidas al D2 junto a sus madres secuestradas.
Todos los casos quedaron comprendidos en  el delito de asociación ilícita cometidos por los miembros del D2: Juan Oyarzábal, Luis Rodríguez, Eduardo Smaha y Celustiano Lucero para quienes se pidió prisión perpetua. Esta pena también fue solicitada por la fiscalía para Paulino Furió, jefe de Inteligencia del ejército, por la desaparición de Jorge Fonseca.
Para Dardo Migno, único acusado en la causa Bustelo, el Dr. Peñaloza pidió 15 años y el Ministerio Público 12, por privación de la libertad y tormentos practicados en el CCD de la Compañía de Comunicaciones, donde se desempeñaba como responsable el entonces Tte.


Distintos acentos  y un "¿Dónde están...?"
Los abogados del MEDH, patrocinaron las causas Olivera/Rodríguez Jurado; Sánchez Coronel; Torres y Raboy/Urondo; en su intervención la Dra. Beigel recordó que todos los acusados gozan de la comodidad de sus hogares y enfatizó sean remitidos a la cárcel; por su parte el Dr. Salinas solicitó compulsa para todos los miembros del D2 identificados por testigos a lo largo del Debate, inclusive para  el sacerdote Moreno, capellán de la Policía. Para cerrar, Salinas, dirigiéndose a los imputados les demandó “digan dónde están los cuerpos de nuestros compañeros”.
Fernando Peñaloza de la Secretaría de DDHH que intervino en las causas Bustelo, Moyano, Olivera/Rodríguez Jurado y Urondo/Raboy respondió a algunas consideraciones esgrimidas por la abogada defensora y dejó en claro que lo solicitado “no son penas excesivas” remitiéndose a la jurisprudencia existente. También, refiriéndose a Bustelo, lamentó que la “extensión del daño” alcanzara al Dr. Ángel Bustelo, quien descreyendo en la justicia  abandonó el ejercicio de la abogacía.
Por su parte, el titular del Ministerio público, Dr. Dante Vega, reprochó la indiferencia del Colegio de Abogados, la Academia, la Iglesia y  la prensa porque persisten en dar la espalda a la realidad, desconociendo lo develado en este Juicio. Luego recorrió todos los casos y solicitó las penas en consonancia con lo manifestado por los querellantes. Junto a los pedidos de prisión perpetua solicitó inhabilitación perpetua, costas y accesorias legales, asimismo pidió la exoneración de policías y militares. Destacó que bajo el paraguas del patriotismo, los acusados robaron, violaron, torturaron y mataron e insistió en el pedido de cárcel común para finalizar reafirmando, con una cita, que “el patriotismo es el último refugio de los canallas”.
A la hora de los pedidos de pena de la Defensa oficial, el Dr. Sánchez ofreció un informe médico de cada uno de los acusados que tienen entre los 59 y 78 años y, naturalmente, sufren algunas enfermedades; este argumento sumado a la invocación a los tratados internacionales y a razones humanitarias desembocaron en ratificar se los mantenga con prisión domiciliaria. Insistieron con los pedidos de absolución, en algunos casos por el beneficio de la duda. Para los delitos probados se solicitaron las penas mínimas.
Con la ausencia de Juan Oyarzábal, los acusados Dardo Migno y Luis Rodríguez Vásquez siguieron las instancias de la audiencia mediante videoconferencia, mientras en la sala permanecían Paulino Furió, Eduardo Smaha y Celustiano Lucero. Al finalizar, el Presidente del Tribunal Dr. Antonio González Macías les ofreció la palabra pero se negaron a esta posibilidad. A pesar de la aclaración del Dr. Salinas de que no cambiaría su situación procesal si revelaban el destino de las víctimas que habían pasado por sus manos, todos y cada uno afirmaron que no tenían nada que agregar; actitud que habla por sí sola y los involucra en el pacto de silencio practicado por los genocidas que, hasta el presente, impide conocer el destino final de los Desaparecidos.