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sábado, 16 de marzo de 2013

076-M: Privaciones de la libertad de Martín Lecea, Roberto Vélez y Oscar Guidone. Alegatos I y II: Fiscalía y MEDH

El ensañamiento y los sobrevivientes
14-03-13 | Daniel Rodríguez tuvo a su cargo los alegatos de la Fiscalía en la Causa 076M que trata las detenciones forzadas de Martín Lecea, Roberto Vélez y Oscar Guidone. Pablo Salinas expuso en nombre del MEDH. Martín Vergara alegó como representante particular de Vélez. Además de otros sitios de detención, los tres pasaron por el centro clandestino montado en la Compañía de Comunicaciones de Montaña VIII, órgano dirigido por Ángel Puebla y regenteado en la instancia siguiente inferior por Dardo Migno, ambos imputados.

Lecea y Vélez “compartían idéntica pertenencia política al Partido Comunista y fueron detenidos en el marco del mismo operativo”, comenzó la reconstrucción Daniel Rodríguez Infante. Guidone estudiaba medicina y era militante de izquierda, ligado a Vanguardia Comunista.

Roberto Vélez, tenía 25 años y un hijo cuando fue detenido. Estudiaba Ciencias Políticas. Señaló en su testimonio actual que “antes de los hechos que conforman el objeto de este juicio sufrió atentados y robos en el mismo domicilio en cuyas proximidades sería luego detenido”, repasó el fiscal.


Las explosiones fueron el “24 de octubre del ‘75 y el 30 de junio del ‘76, siendo en este último privado de su libertad en la Comisaría 7ma. por aproximadamente dos días, tras haber ingresado a su casa contra las indicaciones de la policía, que se encontraba actuando en el lugar, tras el atentado. Reiteró también el saqueo de diversos bienes de su hogar en estos episodios y agregó que durante ese operativo se robaron incluso los pañales de su hijo.

El abogado Martín Vergara alegó en la causa de su defendido particular, Roberto Vélez. Reconstruyó su historia, plagada de escenas relacionadas al “aparato represivo del Estado”. El letrado repasó los tipos de terrorismo de Estado -con apoyo y abierto- que distinguió Eduardo Luis Duhalde y cómo ese accionar se comprueba desde antes de 1976 -Ley de Residencia, Plan Conintes, entre otros-. La persecución a Vélez, dijo su representante, “responde a un solo motivo: su condición de comunista”.

Un primer antecedente data de cuando Roberto tenía nueve años: fue a visitar a su padre, que estaba detenido, un policía maltrató a su madre, él reaccionó y escapó. Durante el gobierno de facto de Onganía se le impidió ingresar a la Facultad de Ciencias Económicas, lo mismo le ocurrió en 1971 en la de Ciencias Políticas. Para el servicio militar lo enviaron a otra provincia, con régimen de sol a sol y sin visitas a su tierra.
Martín Vergara: Contexto histórico de persecuciones y sus responsables:
 

En 1972 finalmente comenzó la carrera de Políticas. En 1976 cursaba 5to año, era presidente del centro de estudiantes y fue expulsado el 15 de junio por “constituir un factor real o potencial de perturbación”. En marzo de ese año ya habían asesinado a Susana Bermejillo, reconocida dirigente comunista, compañera de Roberto.

Martín Lecea tenía 40 años, era corrector en la imprenta oficial y tenía actividad gremial. 



El fiscal Rodríguez presenta a las víctimas:
En esta Causa también puede comprobarse la articulación entre comisarías en el accionar represivo: el libro de novedades de la 34° expresa que, tras la bomba en casa de Vélez el 30 de junio, "las agentes María Olaves y Figueroa, en móvil número 53 de Seccional 34” llevaron a Vélez y a Juan De la Cruz Sosa “detenidos, quedando en depósito a disposición de la seccional anteriormente mencionada”, -la 7ma.

La madrugada del 9 de agosto de 1976 detuvieron a Vélez y Lecea en la intersección de Patricias Mendocinas y Echeverría, cerca de la casa de Vélez. Estaban en un Jeep de Martín que fue robado por las fuerzas. Venían de una reunión del Partido celebrada en Villa Hipódromo.

Los llevaron a la Seccional 34 donde fueron interrogados. Lecea fue conducido hasta su propia casa para realizar un “allanamiento”. Luego los trasladaron a la Comisaría 7ma. donde pasaron la noche”, reconstruyó Rodríguez. 

Martín Lecea (h) prestó testimonio en este juicio e hizo referencia a la detención del padre en la 7ma. y corroboró que “personal policial con uniforme azul realizó un allanamiento en su domicilio en la madrugada y que gracias a ello pudieron conocer la detención de su padre”. 

Lecea, ya fallecido, pudo dar testimonio en una ocasión ante el Juzgado de Instrucción Militar. Indicó que “al llegar a la citada Seccional" fueron “interrogados por un ‘oficial de la policía vestido de civil’, y que dicho interrogatorio "fue de tipo compulsivo, es decir que a la pregunta formulada se le insinuaba la respuesta a dar". Al regresar del allanamiento fue sometido a un segundo interrogatorio en la 34 y fue además amenazado”.

Vélez señaló sobre esa noche que “fueron interrogados por el oficial a cargo, quien procuraba obtener información sobre el Partido Comunista bajo amenazas”. El Fiscal recordó que “tras la negativa de las víctimas a declarar, se les dijo: ‘lo lamento, pero esto que yo le he preguntado y que usted no ha contestado se lo van a sacar de otra forma’. Esto demuestra el conocimiento que el personal de la 34 tenía sobre los métodos de tortura desplegados por el aparato terrorista estatal del cual formaron parte”. 

Martín Lecea hijo comentó que el allanamiento lo realizaron “policías armados y que su padre intentaba sujetarlos para que no se excedieran, ya que se encontraba su segunda esposa, embarazada, y también el propio hijo, y además, sus hermanas de 4 y de 16 años. Fueron arrinconados en un sector de la casa, en estado de shock, viendo como a mi padre lo detenían cuando era un simple trabajador”. La rapiña, como la supo denominar Dante Vega: durante el operativo se robaron bienes de valor. 

“Se incautó bibliografía del tipo comunista marxista y un mimeógrafo”, según el acta del Juzgado de Instrucción Militar. El mismo documento expresa que en el operativo “el comportamiento del personal que allanó su casa fue correcto y amigable, ya que en un momento determinado tomaron café y conversaron junto con sus familiares”. Roberto Vélez sindicó al Coronel Hugo Alfredo Soliveres, que es precisamente el juez instructor que recibió a Lecea en declaración testimonial de la que resulta el acto citada, como miembro de un Consejo de Guerra de la época. El fiscal aclaró que la palabra “allanamiento no pasa de ser un eufemismo, en tanto se trató de una verdadera irrupción ilegal e ilegítima en su domicilio. Luego de pasar la noche en la 7ma., los secuestrados fueron conducidos a la Compañía de Comunicaciones de Montaña VIII (CCM VIII).

Fotos del Libro de Novedades de la Seccional 34
En el libro de novedades de la Seccional 34 consta la detención a las 2.45 de la madrugada por “averiguación antecedentes y medios de vida”; el traslado a la Comisaría 7ma; y que a las 10.45 un móvil de la Seccional 34 los buscó y los regresó; y a las 12 se “conduce a los detenidos ‘al Comando VIII Brigada de Infantería quedando a disposición de ese comando”, cosa que no fue así, aclaró Rodríguez. “Las víctimas han declarado que desde la 7ma. pasaron a Comunicaciones. Lo más importante es que claramente la policía puso a los detenidos a disposición del Ejército”. Los llevaron en el Jeep que le rapiñaron a Lecea.

Lecea permaneció en la CCM VIII hasta el 27 de septiembre de 1976 y Vélez hasta el 6 de septiembre -cuando fue llevado a la Penitenciaría Provincial junto a Bustelo-. Los tres formaron parte el 27 de setiembre del traslado masivo de secuestrados a la Unidad N° 9 de La Plata. Lecea recuperó su libertad el 7 de marzo de 1977, Vélez fue liberado el 24 de diciembre de ese año.

Oscar Martín Guidone tenía 26 años cuando fue detenido; estudiaba medicina en la Universidad Nacional de Cuyo. Vivía en Luján de Cuyo. Fue definido como un “joven con una sensibilidad social profunda, comenzó a movilizarse políticamente en la Facultad a raíz de observar las necesidades que padecían los barrios carenciados” aledaños. “Concurría a estos barrios en búsqueda de vinchucas con la intención de avanzar en soluciones contra el Mal de Chagas. En su declaración Guidone indicó que probablemente la percepción del sufrimiento de los más humildes fue lo que lo llevó a especializarse en parasitología, a la que consideró la ciencia médica de los pobres… porque son ellos quienes padecen principalmente estas dolencias”. 

Militó en el Frente Estudiantil Medicina (FEM), organización que luego se convirtió en la Tendencia Universitaria Popular Antiimperialista Combatiente (TUPAC), expresión universitaria del partido político “Vanguardia Comunista”, de tendencia maoísta. Durante su cautiverio nació su hijo y murió su padre. “Su carrera se vio truncada por la detención ilegal a la que fue sometido, aunque siguió militando políticamente luego de recuperar su libertad”, el 20 de agosto de 1978, repasó el fiscal.

Fue detenido en la madrugada del 2 de junio de 1976. Un grupo de militares con fusiles arribaron a su domicilio, redujeron a sus padres, rompieron cosas y alegaron buscar un mimeógrafo, “un arma poderosísima, como dijo Guidone”, al igual que en la casa de Lecea. Se lo llevaron violentamente, maniatado y vendado “en un camión Mercedes Benz perteneciente al Ejército, uno de los tres camiones que, junto a dos jeeps, aguardaban en la vía pública”.

Daniel Rodríguez Infante, Ministerio Público
Guidone contó ante el Tribunal: “Todavía estaba medio dormido cuando, detrás de mi mamá, que trataba de despertarme, fusiles en mano y camuflados con ropa de combate, más de diez militares -empujando y golpeando a mi madre- me sacaron de la cama con violencia e insultos. Al salir de mi habitación, en el comedor de mi asaltada casa, veo a mi padre, que sufría una crónica enfermedad, en paños menores, sentado en un sillón del comedor rodeado y encañonado por los fusiles de otros tantos cobardes milicos”.

Fue trasladado a la CCM VIII, donde estuvo hasta el 27 de septiembre de 1976, cuando fue trasladado a la Unidad N° 9 de La Plata. En ese traslado se movilizaron detenidos de la Compañía y de la Penitenciaría. “Todos fueron obligados a sentarse con la cabeza entre las piernas, con esposas en una de sus muñecas que lo unían a sus compañeros y en la otra a uno de los caños que recorrían las filas de asientos, con cadenas en los tobillos, a su vez tomadas a los caños y continuamente golpeados” repasó de los testimonios, Daniel Rodríguez.

Guidone fue golpeado y raspado con una suerte de bastón o palo en una cicatriz que tiene desde niño en su cabeza producto de una quemadura. El sobreviviente contó: “uno de los militares se puso delante mío y me puso el palo y empezó a moverlo de tal manera que la piel se me cayó.

Fue liberado el 20 de agosto de 1978, más de seis meses después de que en el marco del proceso 20.840 que se le siguió, su libertad había sido ordenada el 3 de febrero del '78, al dictársele el sobreseimiento provisorio.
Daniel Rodríguez: Semblanzas de Lecea, Vélez y Guidone


Procesos formados
A Guidone le iniciaron una causa por relacionarse con organizaciones comunistas y por contener material subversivo. Con esas acciones se pretendía dar un marco de legitimidad a las privaciones ilegítimas de la libertad. Por ese proceso se tuvo que presentar frente al juez Gabriel Guzzo -hoy investigado como cómplice del terrorismo de Estado- quien le preguntó si tenía abogado defensor... “No me dieron la oportunidad”, respondió el secuestrado.

Pero, “el carácter totalmente ilegal, ilegítimo y abusivo de la privación de libertad” no se ve cuestionado por “el hecho de que los detenidos hayan sido puestos a disposición del PEN mediante el decreto respectivo o, en el caso de Guidone sometidos además a un proceso en el marco de la ley 20.840” explicó Rodríguez. “Estos decretos no tenían otra finalidad que la de pretender maquillar de legalidad las detenciones ilegítimas y el encarcelamiento indeterminado de los opositores políticos”. Para más datos: “En los casos de Lecea y Vélez, el decreto que puso a los detenidos a disposición del PEN data del 15 de noviembre de 1976, más de tres meses después de la efectiva privación de la libertad”.

Guidone fue detenido unilateralmente por el Ejército, “quien lo puso en conocimiento de la Justicia Federal casi cinco meses después de haberlo llevado a cabo”.

El poder concentrado en la picana
El jefe de la CCM VIII era Ramón Ángel Puebla. Dardo Migno actuaba como segundo de él, regenteaba el centro clandestino de detención y torturas (CCD) que en esa dependencia funcionó y que llamaban Lugar de Reunión de Detenidos (LRD). El personal interviniente en ese CCD le respondía.
Portón Compañía de Comunicaciones de Montaña VIII -Libro Nunca Más
“Puebla fue un militar que no se expuso en el trato con los detenidos, lo cual no obsta su participación criminal en el aparato organizado de poder, el jefe de la Compañía de Comunicaciones no pudo ser ajeno a los sucesos padecidos en el propio establecimiento” señaló el Fiscal.

El doctor Pablo Salinas expuso en representación del MEDH en la causa 076M. “La CCM VIII fue un centro clandestino de detención que pudimos recorrer en el anterior juicio con el Tribunal. Allí vimos dónde fueron trasladados los detenidos y dónde se los llevaba para la tortura”, recordó. “La clandestinidad de ese centro de torturas la comprobamos al ver que con topadoras destruyeron el lugar en el que se practicaban los tormentos, un intento de hacer desaparecer todo rastro. Se notaba en los cimientos, por lo que declararon en la inspección testigos como Rafael Morán, que destruyeron el lugar porque allí se practicaba la tortura”. 

Allí, los detenidos -como Bustelo, Guidone o Martínez Bacca- “padecieron gravísimos sufrimientos ‘especiales´. Guidone recordó que a modo de burla, a Martínez Bacca lo hacían caminar gateando y le decían ‘¿sos Bacca? Entonces decí muuu’, mientras lo golpeaban. También que otro de los detenidos, al manifestar que tenía sed, fue obligado a beber en un vaso la orina de uno de los custodios. Además, eran expuestos a presenciar los tormentos a los compañeros. “Éramos como 120 allí...”, dijo Vélez ante el Tribunal.

Croquis de la CCM VIII esbozado por Vélez
Quedó acreditado que hubo un “plan criminal, y que a la CCM VIII -instalaciones del Ejército- llevaron a los dirigentes políticos de Mendoza. Al país lo dividieron en cinco zonas y en cada una había un señor feudal asesino de horca y cuchillo; como Luciano Benjamín Menéndez, un ser perverso y ejemplo de lo que fue el terrorismo de Estado”, explicó Salinas. “Las detenciones, los traslados y las retenciones en los centros de torturas, el aislamiento, todo, se hizo de manera clandestina e ilegal” agregó Rodríguez.

El Fiscal recordó sólo algunos episodios que prueban los tormentos sufridos en ese CCD: Roberto Vélez y Martín Lecea fueron alojados en celdas de aislamiento, sin alimentación, y alternadamente retirados para ser sometidos a incesantes golpizas y sesiones de picana eléctrica.

Rodrìguez repasó palabras de Vélez: “cuando me torturaron, me llevaron al mismo lugar donde lo torturaban a Martín, me colgaban hasta que los pies ya no daban en el suelo y ahí golpeaban y picaneaban...”. También el sobreviviente contó que “lo hacían correr con los ojos vendados y de esa manera chocaba con el canto de las puertas” y otras cosas. Además, el fiscal recordó lo padecido en ese antro de tormentos por Horacio Martínez Bacca; y que personas que no estaban detenidas en la CCM VIII fueron también torturadas allí, como es el caso de Pablo Seydell.

Guidone recibió golpes de tal magnitud que le dañaron el bazo; fue regresado a las barracas y sus compañeros de cautiverio lograron que fuera conducido al Hospital Militar donde el médico Dino Pradella le practicó una cirugía para quitarle dicho órgano. Permaneció hospitalizado por aproximadamente 20 días, tras lo cual fue nuevamente conducido a las barracas. Días después sufrió una nueva golpiza, en represalia por el llamado de atención que recibieron los agentes -“culpa tuya han tenido que echar a dos compañeros nuestros”, le dijeron-; luego una nueva sesión de torturas. 

El mismo exdetenido “narró que cuando llegaba el momento de los interrogatorios, aparecía gente joven, si se estaba dentro de los intervalos en que se les permitía salir a una especie de patio, los hacían ingresar a todos a las barracas, y allí venían con listas para llamar a quienes serían interrogados. Quien era seleccionado era conducido al baño, y ahí se le vendaban los ojos y se le ataban las manos a la espalda”, relató Rodríguez.

En este CCD, el 21 de septiembre de 1976 se permitió el casamiento de Guidone con Carmen Edith Prado. El acto religioso tuvo lugar en la capilla del Hospital Militar, oficiado por el capellán Rafael Rey; y el acto civil se llevó a cabo en la oficina del entonces Teniente Dardo Migno. “Máxima expresión de perversidad” valoró el fiscal, “celebrar un matrimonio oficiado por el propio capellán que diariamente conocía las torturas”.

Viviana Beigel y Pablo Salinas, MEDH
Salinas retomó palabras de Hannah Arendt: “El primer paso esencial en el camino hacia la dominación es matar en el hombre a la persona jurídica”. “Sus ideales y sus principios” agregó el abogado. “Estos espacios físicos especialmente preparados para el cautiverio, la tortura y la muerte son la verdadera institución central del poder organizador en el marco del terrorismo de Estado”. El centro clandestino tuvo el fin de “infundir el terror, está ligada a la tortura -reconocida hace un siglo como delito- y ésta siempre estuvo ligada al poder del Estado. La tortura se lleva adelante en los CCD y era seguida por la desaparición forzada de personas”.

“La tortura no ocurre porque los torturadores sean sádicos”, explicó el querellante, “es parte del aparato del Estado para reprimir a los disidentes. Concentrados en el electrodo están el poder y la responsabilidad del Estado, para imponerse”.

Rodríguez, a su vez, explicó otro aspecto sobre la configuración del CCD: “estábamos frente a un verdadero campo de concentración. Me refiero ya no, al trato que las autoridades dispensaban sobre los detenidos -aunque indirectamente se vincula a él-, sino a la disposición espacial y mecánica de funcionamiento del mismo, las cuales terminaban de diseñar una macabra arquitectura, que nada tuvo que envidiarle a los campos de concentración nazis”. “Puertas y ventanas tapiadas, cuchetas, guardias permanentes con ametralladoras apostadas en los extremos, alambres de púa” son algunos de los componentes del lugar cuya función era la de amedrentar.

Responsables
El abogado del MEDH se refirió a Primo Levi: “el poder del que disponían los funcionarios, aún los de baja graduación, era sobre todo, ilimitado. Tenían libertad para cometer las peores atrocidades”. Migno disponía de un poder sobre los compañeros detenidos en ese CCD y sobre otros subordinados. Le seguía en el mando al jefe del destacamento, Ángel Puebla.

La persecución política es el agravante a la aplicación de tormentos que se le imputan a Migno y Puebla en los tres casos. Se trata de “la acción del Estado conducente a someter a un individuo a hostigamiento, tormento, opresión, o medidas discriminatorias diseñadas para producir sufrimiento (...) por motivo de las creencias, opiniones o pertenencia de la víctima a un determinado grupo”.

Para algunos detalles en la cadena de mandos del aparato organizado de poder, Salinas trajo a colación la declaración de Roberto Vélez: “El Jefe de Comunicaciones era un mayor Ramón Ángel Puebla, después estaba Largacha (que será investigado a raíz de estas declaraciones); Pagella integraba el grupo que manejaban Dopazo (fallecido) y Gómez Sáa (con una investigación en marcha). Peralta colaboraba con Migno. Ellos eran quienes los entregaban a los torturadores y no le extraña que también ellos participaran de las torturas. Peralta era quien los ataba y vendaba. A las torturas eran trasladados por gente que tenía borceguíes y uniforme de combate, pero no los podía ver. El jefe de los torturadores era García, de la Fuerza Aérea”. Este testimonio es una prueba central, acompañado de otras declaraciones que expresan lo mismo; igual ratifican esto los cargos corroborados en los legajos de los imputados. “La atomización y la impunidad de leyes y del tiempo han colaborado para impedir la justicia, por eso sólo están aquí imputados Puebla y Migno”.

También funcionaron los Consejos de Guerra como un modo de extraer información y darle una cobertura de legalidad a las detenciones, pero sus miembros son los mismos de los organismos de la represión. En este sentido, Salinas dio como ejemplo el “Consejo de Guerra Especial Estable Nº 16” cuyo presidente era el Tte.Cnel Juan Antonio Garibotte y sus vocales los Capitanes Luis Stuhldreher (hoy prófugo), Rodolfo Largacha, Jorge Roberto García (Aeronáutica), Alfonso Menéndez”.

Calificar a los represores: Los primarios
A Migno y Puebla, se les imputó como autores mediatos a través de un aparato organizado de poder, en un rango intermedio; por privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y por haber durado más de un mes; imposición de tormentos agravada por la condición de perseguidos políticos de las víctimas por tres hechos; también por lesiones gravísimas calificadas por haber sido cometidas con alevosía -por el caso Guidone-. Todo esto en concurso real con el delito de asociación ilícita, en calidad de jefes u organizadores; delitos calificados como de lesa humanidad. El MEDH pide que se los condene por su participación primaria en el delito de genocidio. La Fiscalía expuso que los delitos deben ser considerados cometidos en el contexto del delito internacional de genocidio.

“Puebla y Migno no sólo deben ser condenados por las torturas que allí sufrieron las víctimas de esta causa, sino también por la privación de libertad que, como ya ha dicho el Fiscal Dante Vega en este juicio, no debe serles atribuida sólo por el tramo de dicha privación correspondiente a la detención de las víctimas en el CCD que ellos comandaban, sino en su duración total”, explicó el fiscal Daniel Rodríguez.

sábado, 23 de febrero de 2013

Causa 075-M: Desapariciones de Roberto Blanco, Blanca Graciela Santamaría, Miguel Poinsteau, Oscar Julio Ramos, Oscar Daniel Iturgay y Ángeles Gutiérrez de Moyano. Alegato I: Fiscalía

La impunidad de la atomización
22-02-2013 | Esto lo afirmó la fiscal Patricia Santoni durante sus alegatos por los casos de Roberto Blanco, Blanca Graciela Santamaría y Miguel Alfredo Poinsteau agrupados en la Causa 075-M. Se investigan además las desapariciones de Oscar Julio Ramos, Oscar Daniel Iturgay y Ángeles Gutiérrez de Moyano. Por los dos primeros alegó el fiscal Dante Vega, por la tercera se continuará desde la próxima audiencia del 7 de marzo.

“Quien piense que el D2 era el único aparato organizado de poder durante el terrorismo de Estado en Mendoza se equivoca” comenzó el fiscal. “Era el principal dentro de la policía, pero cuando hacía falta acudía a otros aparatos organizados de poder para que le brindaran auxilio en la faena represiva”. Ya están comprobados “los operativos conjuntos en el plan sistemático de desaparición de personas: fuerzas armadas y de seguridad actuaban a la par” señaló Dante Vega en una introducción general a todos los casos.

Roberto Blanco Fernández: Una cuestión de presiones
La Dra. Patricia Santoni repasó: en 1976 Roberto Blanco Fernández trabajaba en la jefatura de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Provincia; y era dueño del Hotel Derby en sociedad con Roberto Jaliff y Felipe Sampietro -presumiblemente informante de la policía-. Allí fue apresado el 18 de enero de 1976, junto a Héctor Salcedo y Jaliff, los tres provenientes de las filas de la Juventud Sindical Peronista. El operativo estuvo a cargo de la División Investigaciones de la Policía Provincial y fueron detenidos en el D2, luego trasladados a la Unidad Regional Primera y liberados el 23 de enero. Blanco fue ferozmente castigado en los sótanos del D2, como atestiguaron miembros del Partido Auténtico, allí detenidos.
Blanco aseveró a Salcedo que los represores eran de Investigaciones -agentes que el grupo conocía próximos a su entorno- y que en la salvaje tortura todas las preguntas giraban alrededor de Juan Basilio Sgroi, antecesor suyo en Tránsito y detenido ilegalmente desde fines de 1975 junto a sus allegados Carlos Alberto Gómez, Salomón Fioretti y Ricardo Puga. Oyeron sus gritos con acento cordobés y pudieron observarlo “totalmente golpeado, en el piso, parecía una vaca por la hinchazón”. Su novia, Nora Amira Cadelago intervino con contactos de su padre y fue liberado. El reencuentro fue un shock: “Parecía un monstruo, morado, reventado, destruido, con rastros de la violencia. Callaba cosas, cuando contaba lloraba. Se masajeaban mutuamente las heridas con Sgroi”.

“Queda acreditado que el seguimiento, detención y aplicación de tormentos fueron ejecutados por el accionar conjunto de las fuerzas: personal de la Unidad Regional 1ª, Operaciones -D3- e Investigaciones -D2- de la Policía Provincial. Otra certeza: el atentado previo a la Comisaría 1ª y el asesinato del policía Cuello fueron excusas para perseguir a Blanco”. La atipicidad del doble procedimiento en su contra lo corrobora.

Tras la liberación, Blanco obtuvo una licencia de 60 días para recuperarse y tuvo encuentros con jerarcas y contactos militares a fin de esclarecer su situación. Así mantuvo con el entonces jefe de la Policía de Mendoza, Julio César Santuccione, una “reunión atroz”. “Estamos para hacer la limpieza, sacar la mugre” le dijo a Blanco, quien con sus amigos estaban alertados: “el golpe de Estado es inminente”.

El 29 de marzo, Armando Osvaldo Fernández Miranda, enlace operativo del D2 y quien recurrentemente lo vigilaba, acompañó a Blanco al Palacio policial para “renovar” su ficha. Así consta en el registro fotográfico de Criminalística del D2, donde se anotaba hasta el número del rollo de negativos de las tomas que se hacían: el negativo 15688 pertenece a Roberto Blanco, tomado el 30 de marzo. Al día siguiente, Fernández le dijo que volviese al Palacio policial a fin de “completar datos”. “Roberto no podía ni manejar”, señaló su novia. El 1 de abril a las diez de la mañana Salcedo lo condujo al Palacio, su amigo ingresó por la puerta lateral del D2. Ya no volvió.

Ricardo Puga testimonió que estuvo con Blanco en el D2 y pudo oírlo: “estos hijos de puta me trajeron de nuevo acá, hay que avisarle a mi familia”. Cadelago -empleada en Tránsito, área intervenida por el Ejército- fue atando cabos a medida que recibía información: el subcomisario Armando Murúa y el sargento Coria, dos de sus jefes, le dijeron que había sido fusilado en el D2; el comisario Calixto Cuesta -sucesor de Blanco en la Dirección- se lo confirmó: “que no lo busque más, que él había sido testigo de los dos balazos que le dieron arrodillado en la puerta de su celda”; la esposa del médico forense Podestá le ratificó el asesinato; en la Dirección comenzó a circular la versión de que “el chico -Oscar- Simone”, funcionario del área hasta hace poco tiempo e integrante del listado de cómplices civiles del Batallón 601, habría sido el entregador. Simone es hoy objeto de investigación. Según un informe de la Secretaría de Trabajo remitido al Tribunal el 6 de diciembre de 2012, Murúa actuaba en la División Registro y Coria en la Unidad Técnica, ambas bajo la dirección de Cuesta al frente de Tránsito.

Calificar a los represores: El inteligente y el diligente
Juan Agustín Oyarzábal -subjefe del D2 cuando se produjeron los hechos- y Armando Fernández Miranda son los imputados. Según declaraciones del jefe del D2 Pedro Sánchez Camargo, entre las atribuciones y asignaciones del personal de esa dependencia tras el 24 de marzo de 1976 estaban las de fichar, apoyar en las operaciones, adaptar el edificio y la estructura de mandos al plan, reconvertir el sector de “detenidos subversivos”. Era el jefe de Guardia -rol de Oyarzábal- quien remitía a Sánchez Camargo visitas y novedades de los “subversivos”.


Respecto a Fernández, enlace de Inteligencia, Santoni indicó que junto con Eduardo Smaha fueron agentes claves del D2 en el hostigamiento y la represión. Sánchez Camargo se jactaba de tenerlos. En marzo de 1976 fueron “felicitados” por el “Operativo Rabanal”, “por los arrestos grupales que permitieron desbaratar esa célula terrorista montonera”. Fernández, “perfeccionado en información y contrainteligencia” recibió desde 1972 el espaldarazo de sus sucesivos superiores: “sobresaliente; se supera día a día”; “plenamente consustanciado en su tarea”; “aptitudes óptimas para el servicio de Inteligencia”. Un especialista en inteligencia como el mismo Fernández se definió: “Información es la que viene de la calle, la Inteligencia demanda otra preparación”: las “capacitaciones que realizaba el Ejército”.

El Ministerio Público acusó a ambos por los delitos de privación ilegítima de la libertad, tormentos doblemente agravados y con alevosía por haber sido realizados por dos o más personas atribuyéndole la asociación ilícita sólo a Oyarzábal”, cerró Patricia Santoni.

Armando Fernández, presente en la sala, fue retirado de la mano de un policía, treinta segundos antes de que la fiscal concluyera la calificación de los hechos por los cuales está acusado. ¿El motivo? Se le habría subido -o bajado- la presión. Serenamente pudo relajarse en el pasillo mientras la Fiscalía evidenciaba su responsabilidad.


Blanca Santamaría: Al corazón del PRT
Blanca Graciela Santamaría de 23 años al momento de su secuestro, vivía en Villanueva, en el barrio Unimev con su mamá Blanca Lidia Calderón y su papá Luis Antulio Santamaría. Tenía dos hermanos, Luis Beltrán y María Florencia, secuestrada anteriormente y reclusa en la Penitenciaría Provincial con su hijita de dos años. Blanca cursaba quinto año de Artes en la Universidad Nacional de Cuyo, Florencia estaba en Medicina, las dos militaban en actividades estudiantiles y pertenecían al Partido Revolucionario de los Trabajadores -PRT-. En concordancia con su compañero fiscal Dante Vega -quien al recorrer las historias de vidas de los desaparecidos y desaparecidas de Mendoza y señalar sus pasos por los colegios secundarios de la UNC (Universitario Central, Martín Zapata) sugiere la señalización y el reconocimiento a las militancias y voluntades de esa generación como espacios de la memoria en esos establecimientos-, Patricia Santoni refirió que en la Escuela de Música, un aula homenajea a Blanca Graciela Santamaría con su nombre.

La fiscal se explayó sobre el origen del PRT en Mendoza y la feroz represión que se cernió sobre sus integrantes, a través del testimonio brindado por María del Rosario Carrera: A fines de 1974 llegaron de Buenos Aires Mariú Carrera y Héctor Osvaldo Zuin, los dos ligados al teatro revolucionario. Aquí conforman una célula del PRT, integrada con Marcelo Carrera y Rubén Bravo -hermano y compañero de Mariú, respectivamente-, ambos desaparecidos; Felisa Raquel Herrera y Juan Vicente Bernal -ejecutados el 28 de mayo de 1976-; Teresita Fátima Llorens -desaparecida- y Blanca Santamaría -“Marcela”- quien sucedió a principios de 1975 a Teresita como dirigente responsable del grupo. El 30 de abril de 1975, María Florencia Santamaría y Néstor Antonio Ortiz, fueron detenidos ilegalmente por el copamiento del destacamento de El Algarrobal, conducidos a la seccional policial de Las Heras, sometidos a la picana y otras torturas durante diez días hasta el traslado a la Penitenciaría Provincial, por orden del entonces Juez Federal Subrogante, Luis Miret. El 28 de mayo de ese año, Claudio Sarrode, novio de Blanca, fue detenido en la calle por policías del D2 donde fue llevado antes de las torturas que le infligieron en dependencias de la Policía Federal. “En el transcurso de 1975 se produce una serie de operativos con la finalidad de secuestrar y torturar a militantes del PRT”, precisó Patricia Santoni y extendió la lista de víctimas con los sobrevivientes del grupo apresados y torturados en noviembre: Ana Mabel Tortajada, Luis Gabriel Ocaña y Víctor Hugo Vera, novio de Florencia.

Santoni explicó que la instrucción atomizada de las causas hace parecer los hechos como aislados cuando en realidad deben analizarse todos juntos porque “en mayo de 1976 se realiza un megaoperativo contra el PRT, con certezas que indican que lo efectuaron las fuerzas conjuntas, y que los detenidas y detenidos fueron llevados al D2 para ser torturados”. Mencionó a “Víctor Sabattini y Lucía Allegrini; Liliana Tognetti; Graciela Leda; Silvia Schartzman y Arturo Vignoni; Eugenio París y Raúl Acquaviva”. Los sobrevivientes fueron trasladados a la cárcel y condenados a muchísimos años de prisión por los Consejos de Guerra. Los desaparecidos son Daniel Moyano -asesinado en el D2-, los hermanos Julio y Hugo Talquenca, María Silvia Campos y Virginia Adela Suárez.

Niña en el Comando
Por testimonios previos y el que brindó en ocasión del presente juicio la madre de Blanca, fue reconstruida la magnitud del procedimiento: la noche del 15 de mayo de 1976 un grupo de personas armadas, en al menos cuatro vehículos (un rastrojero, un renault 12 rojo, un falcon y un fiat mediano, según consta en la denuncia que el padre de Blanca radicó en la Comisaría Novena de Guaymallén ese mismo día), irrumpió violentamente en su casa, amordazó a la cama a Luis Antulio, encerró a ella y a su nieta de dos años en el baño y se llevó a su hija, en camisón y descalza. Blanca fue la primera en advertir la asechanza de la patota: “¡Mamá, la policía!”, prueba de que sabía que los perseguidores estaban tras suyo. Osvaldo “Horacio” Zuin, “el Poeta”, compañero protegido por Blanca Graciela en su casa, no fue percibido por los captores e inmediatamente se refugió en la casa de un vecino, Héctor Toledo. Toledo recordó: “A la niña la cargaron varios hombre en un auto. Como estaba: en camisón, con los pies descalzos y los brazos abiertos. Entraron también a mi casa, cuando se fueron encontré a Zuin, a quien ayudé a escapar por el fondo”. Osvaldo fue desaparecido tiempo después: En la clandestinidad y tras escapar a fines del 76 a Córdoba, lo detienen en mayo del 77 y lo  trasladan al CCD “La Perla”. Luego de nuevo a Mendoza, en el CCD “Las Lajas”, según hizo constar entre otros Horacio Ferraris.

Fueron varios los vecinos que comentaron a Blanca Lidia que su hija habría sido vista horas después del secuestro en dependencias del VIII Comando de Brigada de Infantería de Montaña, en las mismas condiciones que había sido secuestrada del hogar: descalza y en camisón. Tal aseveración habría surgido de Rosa Gervasoni, cuyo marido militar estaba en relación con personal del Comando.

Calificar al represor: El vecino de enfrente
El imputado Juan Agustín Oyarzábal, por las fechas jefe segundo del D2, visitaba con frecuencia a su madre, domiciliada justo enfrente del hogar de los Santamaría. Otro oficial, de apellido Garay, vivía en la misma cuadra. La noche del secuestro no hubo presencia alguna en las casas “vecinas”. Hecho que denota las famosas “áreas liberadas” con las que el personal de comisarías facilitaba el trabajo sucio a los grupos de tareas. Con el correr del tiempo Oyarzábal fue haciendo cada vez más esporádicas las visitas a su madre. El mismo Toledo y Blanca Lidia le habrían solicitado su intervención por la suerte de la muchacha: “ocúpese de su nieta” les dijo “Titín” -así lo conocían sus compañeros- a la madre desesperada.

“Quiero destacar que recién ahora, 36 años después, y por este Tribunal, podemos contar con la denuncia que Luis Antulio Santamaría realizó en la comisaría Novena respecto al secuestro de Blanca. Dicha denuncia fue solicitada en 1987 por la Cámara Federal de Apelaciones y por el Juzgado de Instrucción militar. Nunca había sido remitida. Allí se acredita el violento secuestro de Blanca, en el libro de guardia a fojas 108”, señaló la fiscal.
Santoni destacó que si bien no están integradas en la misma causa, hay un dato relevante respecto a otro procedimiento realizado en paralelo al de Blanca: ese 15 de mayo, en horario simultáneo al operativo en el Unimev, era secuestrada Silvia Campos en su casa de San José, a menos de tres kilómetros de los Santamaría. Silvia era también estudiante universitaria, también militante social y también partidaria del PRT. El “perfil” ideológico que motivara el apresamiento de Blanca -y de Silvia- queda de esta manera expuesto. Entre las pruebas que permiten abarcar los operativos contra los militantes del PRT, que recrudecerían en mayo y junio de ese año, y fundamentar la responsabilidad del imputado, sobresale el Sumario N° 3 del D2, que incorporó la querella de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, en base a las actuaciones del personal interviniente en esos operativos. Oyarzábal figura como secretario instructor actuante en mayo del 76, al igual que en el operativo contra Juan Sgroi y otros, de enero de ese año. El mismo prontuario civil de Blanca, es prueba inequívoca de la implicancia del responsable: figura la devolución del legajo del D2 al D5 -Archivo- el 18 de mayo, tres días después de desaparecida la víctima.

Por tanto, “esta Fiscalía acusa a Juan Agustín Oyarzábal” -concluyó Santoni- “por los delitos de privación abusiva de la libertad agravada, en concurso con el de homicidio doblemente agravado por alevosía y la intervención de dos o más personas; delitos cometidos en asociación ilícita; y que constituyen delitos de lesa humanidad cometidos en el marco del genocidio”.
Patricia Santoni: Santamaría en el contexto de la represión al PRT



Poinsteau, Ramos, Iturgay... y eran más
“La atomización de las causas también genera impunidad” dijo Santoni y reiteró Vega, en relación a la conexión de este caso con el de Santamaría y con las causas 077-M, 085-M y 053-M. “Aquí también está presente el aparato terrorista estatal en toda su extensión, con sus aparatos organizados de poder y sus grupos de tareas, pero también está presente la resistencia al terror en la forma de solidaridad entre militantes o gente allegada a ellos”. “Solidaridad, un delito capital para el terrorismo de Estado”, recordó Vega.

Miguel Alfredo Poinsteau nació en Buenos Aires pero se mudó a Mendoza a los 14 años. Para 1976, se dedicaba a su oficio de mago, trabajaba como fotógrafo independiente y también en una agencia de publicidad. El dueño de ésta le alquilaba una casa en la calle Vucetich de Ciudad. Estudiaba Ciencias Políticas en la UNC y allí conoció a Pedro Blas Peralta -empleado de la Universidad-, a Laura Marchevsky -estudiante de psicología-, y a Víctor Hugo Cuello; todos ellos simpatizantes de Montoneros. Por solidaridad, alojó a integrantes de la organización que eran perseguidos y vivían en la clandestinidad, por ejemplo, Oscar Julio Ramos -quien también fue refugiado por Peralta-.

Peralta dijo en su declaración: Miguel “era muy ingenuo para la política, pero era muy amigo de Ramos, actor. Cuando éste teatralizó El Mendozazo, Miguel le ayudó con los fuegos de artificio”. “Desaparecen en el mismo momento”, conjeturó entonces Peralta, “porque nunca más volvimos a saber de ellos”. Alberto Gago dijo ante el Tribunal que Poinsteau “era como un hermano”. Contó que alguna vez lo visitó y allí estaba Ramos. En agosto de 1976, Miguel le dijo: “no vengas a visitarme porque tengo la presunción de que me están vigilando”.

El 4 de noviembre, una patota policial entró violentamente a su casa, hizo destrozos, robó distintos objetos y lo secuestró. Lo llevaron al D2, donde fue brutalmente torturado. “El único motivo por el cual fue secuestrado fue porque intentaron desbaratar a un grupo de Montoneros” entre los que había amigos suyos, explicó la abogada. El mismo día que secuestraron a Poinsteau, detuvieron a Cuello y le dijeron de camino al D2: “Perdiste, cayeron el mago y la psicóloga”.

Colette Newman, mamá de Miguel, hoy fallecida, vivía en Buenos Aires. Inmediatamente vino a Mendoza cuando supo de la desaparición de su hijo. En testimonios anteriores comentó que cuando llegó a la Provincia consiguió entrevistarse con el inspector García, del D2. El oficial que la acompañó a la oficina le dijo “que ya la conocía, porque era idéntica a las fotos que tenía su hijo en la casa”. García le leyó de un expediente que Miguel fue arrestado por orden del Ejército, pero que también lo habían liberado al día siguiente. “Al no haber sido encontrado después” le dijo el policía, "lo declararon prófugo".

En el D2 compartió cautiverio con Rosa Gómez, Rubén Rizzi, Víctor Cuello y Laura Marchevsky. Todos sobrevivieron al horror y pudieron dar testimonio en distintas ocasiones. Rosa Gómez dijo que “después de octubre de 1976 llegó un muchacho joven que estaba muy asustado. Luego de la tortura me preguntó si volvería a suceder, yo le dije que no, para calmarlo”.

Horas después les dijo a Marchevsky y a Cuello: “Los quiero mucho”. Sintieron un golpe fuerte en la puerta y ruido de agua que cae. Cuando los captores llegaron a la celda de Poinsteau se escuchó “¡Hijo de puta, qué hiciste! Luego se sintió que vaciaron la mesita donde comían, seguramente para depositar el cuerpo. Nunca más lo vieron. No está probado, pero se cree que se suicidó: “no lo sabemos, porque no tenemos su cuerpo”, dijo Santoni. “La desaparición y eliminación física son homicidios graves y calificados; por eso cualquier conjetura respecto de cómo finalmente perdieron su vida” no modifica su lugar de víctimas del terrorismo de Estado.

Calificar al represor
Oyarzábal resulta responsable, explicó la fiscal Santoni, de los delitos de privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencia y amenazas; en concurso con el delito de tormentos y el de homicidio doblemente agravado por alevosía y la intervención de dos o más personas; delitos cometidos en asociación ilícita; y que constituyen delitos de lesa humanidad cometidos en el marco del genocidio.


El terrorismo de Estado en estado puro
Oscar Julio Ramos Peralta nació en Córdoba y vivió en Buenos Aires. Era actor y director de teatro; llegó a Mendoza en los ‘70 como docente universitario. En 1974 se casó con Ana María Bakovic, quien dijo de Ramos: “tenía una mentalidad inclinada a lo social, a realizar obras de teatro donde se pudiera manifestar las necesidades de la gente, de los barrios”. Oscar también vendía libros y hacía trabajos en cuero. Tuvieron un hijo de nombre Ernesto Sebastián Ramos y vivían en Dorrego con el padre de Ana. Adelante de la casa de ellos vivía Oscar Daniel Iturgay junto con su madre y sus hermanos. Los tres eran “amigos y compañeros de militancia” recordó Dante Vega.

Tras la victoria de Cámpora, Ramos y Bakovic se unieron a las Fuerzas Armadas Revolucionarias -FAR- y luego a Montoneros, organización que en 1974 pasó a la clandestinidad. Ramos debió seguir, parcialmente, ese camino. Ana y Ernesto continuaron en su casa mientras Oscar alternó lugares. En abril de 1975, el Cuerpo de Motorizada -con Fernando Morellato en la partida- realizó un operativo en Acceso Norte y canal Cacique Guaymallén y detuvo a Ana. La trasladaron al D2.

“Entonces”, repasó Vega, “en 1976 Ramos ya era intensamente buscado por las fuerzas de seguridad -hay una orden de captura del 1 de abril de 1975 firmada por Otilio Romano como Juez Federal Subrogante-; vivía en la clandestinidad, su compañera estaba presa y su hijo al cuidado de otra familia. “La orden de captura fue reiterada por el Juez Federal Gabriel Guzzo cuando Ramos ya llevaba un año y medio desaparecido”, repasó Vega y remarcó la perversidad de la constatación.

Cuando secuestraron a Ana, Ernesto quedó con su niñera, luego estuvo recluido junto a su madre en la Penitenciaría Provincial hasta sus casi dos años, edad tope impuesta a los menores para permanecer allí. Ana Bakovic le dio la tenencia del niño a Ángel Felipe Miranda, hermano de una compañera de cautiverio. “Cuando hablo de solidaridad hablo también de esto” dijo el abogado.

“En este caso veremos también cómo la realidad supera la ficción”, resaltó Vega: en septiembre de 1976, Oscar Ramos, “clandestino y perseguido, se presentó en el domicilio de Miranda y le solicitó pasar un día con su hijo”, Miranda le llevó al niño a la esquina de San Martín y zanjón de Los Ciruelos. No volvió a saber de ellos.

“No conocemos los detalles de ese lapso entre setiembre y diciembre de 1976”, se lamentó Vega, pero su amigo Víctor Cuello declaró en esta sala que en el invierno de 1976, Miguel Poinsteau le dio refugio en su casa: “En algunas oportunidades lo vi allí a Ramos con su hijo en brazos”, agregó. Cuello contó que en octubre de ese año Ramos fue a despedirlo a la estación de trenes de Mendoza y le entregó un paquete con material de propaganda. Fue la última información que se tuvo hasta su detención, el 5 de noviembre de 1976.

Ana María Bakovic ya estaba presa en Devoto cuando supo que Miranda llevó a Ernesto con su padre y que éste fue secuestrado. Vivió el encierro sin saber dónde estaba su hijo, escribió numerosas veces al Juzgado de Menores, desde donde respondieron solo una vez: “cuando sepamos algo le avisamos”. El 14 de diciembre de 1979 fue liberada, su marido y su hijo estaban desaparecidos. Fue a su casa. El padre tampoco estaba. Nunca supo qué fue de él. Solo conoció, por los vecinos, que “un día hubo una explosión y no supieron más nada de él”. Inmediatamente fue al Juzgado por su hijo, pero no le dijeron nada: “me lo negaron”, dijo Ana ante el Tribunal. También fue a la Casa Cuna, nada.

Recién en febrero de 1984, una mujer le pide encontrarse con ella y le dice que a su hijo lo tenía en adopción otra persona. Ana volvió al Juzgado, en tiempo de feria, y pidió que revisen expedientes. Nadie la ayudó, “y otra vez la realidad supera la ficción”: la mandaron sola al sótano y sin luz a revisar expedientes. “No se veía ni siquiera lo que estaba leyendo”, contó Bakovic. “Terrorismo de Estado en estado puro”, agregó Vega.

“Y el tesón de las madres es así”, comentó el abogado. Ana encontró una anotación referida a un NN Sebastián Ernesto. Aún con el orden de los nombres cambiados supo que se trataba de su hijo. Contactó a la jueza y se le restituyó la tenencia a ella y la identidad a Ernesto. “A ver si puedo leer esto”, dijo el fiscal con la misma conmoción que recorrió a la mayoría en la sala: “Fui a verlo y mi hijo ya tenía nueve años. Cuando lo vi, me abrazó y lo primero que me dijo fue ‘hola mami, ¿y el papi?’”.

Al respecto, Rosa Gómez dijo en su declaración ante este Tribunal que en Devoto conoció a Ana y supo su historia. Entonces la relacionó con un hecho anterior, cuando estaba detenida en el D2: dos policías conversaban en el pasillo y se jactaban de “haber matado a uno que tenía un pendejo que lo mandaron al guachero”.

Oscar Daniel Iturgay nació en 1955 en Palmira. En 1974 trabajaba en la imprenta de la Municipalidad de Guaymallén donde conoció a Ana María Bakovic y a Ramos. “Pese a su diferencia de edad, entablaron una estrecha relación de amistad y militancia en Montoneros” relató el fiscal Vega.

Iturgay ingresó al servicio militar en marzo de 1975, donde sufrió todo tipo de maltratos y vejámenes debido a sus ideas y militancia política. Su hermana Gladys lo fue a ver: “estaba prácticamente piel y hueso, pelado y muy quemado por el sol... no daba más y nos refirió que en cualquier momento se iba a ir. Los brazos los tenía todos con rasguños… lo vimos muy mal física y anímicamente”.

“En efecto, como era previsible y antes de que lo mataran, Iturgay desertó y pasó a la clandestinidad”. Militares “allanaron ilegalmente la casa de la familia, revolvieron todo y de esa forma la familia se enteró de la deserción”, repasó Vega. La hermana recordó que “al poco tiempo” colocaron un artefacto explosivo en su domicilio, “seguramente a modo de venganza”. “Esa fue, quizás, la bomba que le contaron los vecinos a Bakovic cuando preguntó por su padre” señaló el fiscal.

Oscar Iturgay fue visto por última vez por su hermana en julio de 1976 cuando él fue a su casa y le comentó que la había visto de lejos en su casamiento. “No te quiero traer problemas ni a vos ni a Jorge, cuidá mucho a la mamá y cuidate mucho vos, cuidalo a Walter, te quiero mucho, chau….”

Calificar al represor
Los imputados por las desapariciones forzadas de Oscar Ramos y de Oscar Iturgay son los policías Juan Agustín Oyarzábal y Fernando Eugenio Morellato, oficial principal de Motorizada para esa ápoca y, según sus palabras, “era en los hechos el segundo al mando”. La fiscalía acusó a Morellato y Oyarzábal de los delitos de homicidio doblemente agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas por dos hechos, en concurso real con el delito de privación abusiva de la libertad por mediar violencias o amenazas en perjuicio de Oscar Ramos y Oscar Iturgay. Todos delitos de lesa humanidad cometidos en el marco de genocidio.

El delito de torturas -“contra Ramos e Iturgay en la sede de Motorizada, a las que cabe sumar las que seguramente sufrieron luego en el D2”- no se encuentra requerido en la elevación a juicio, Morelatto y Oyarzábal no fueron intimados en sus declaraciones indagatorias por este delito. Por ello, al momento de acusar, el Ministerio Público tomó la decisión política de elevar la causa en el estado en que se encontraba en vez de requerir al Magistrado que indagara nuevamente y la causa no llegara nunca al juicio oral.


El operativo innominado
“Este no fue un procedimiento aislado, ni de parte del Cuerpo Motorizado de Vigilancia, ni de parte del propio Morellato; ni de parte del D2” explicó Dante Vega. “Para la fecha en que desaparecieron estas personas el D2 se encontraba en plena tarea de secuestro de un grupo de militantes montoneros".

Este “operativo innominado comenzó el 3 de noviembre de 1976 con el secuestro de Laura Marchevsky”.  Un día después fueron detenidos Poinsteau y Cuello. “Podemos afirmar que el secuestro de Ramos e Iturgay”, el 5 de noviembre “fue su epílogo”, explicó el fiscal Vega.

En esos días, Ramos e Iturgay circulaban con identidades falsas: Carlos Alberto Inchaurraga Meléndez y Jesús Alberto Olivera, respectivamente. “Son los dos nombres que figuran en el libro de novedades del Cuerpo Motorizado”  y “también los menciona Pedro Dante Sánchez Camargo en la nota por la que solicita una sanción disciplinaria contra Fernando Morellato”; ambas constituyen lo central de la prueba documental. Los apellidos Ramos e Iturgay no figuran.

“Se encuentra probado con el grado de certeza aquí requerido que ambos fueron detenidos por personal del Cuerpo Motorizado de Vigilancia de la Policía de Mendoza al mando del oficial principal Fernando Morellato en la madrugada -a las 4:45- del 5 de noviembre de 1976 mientras intentaban apoderarse de un rodado marca Citroën patente M-166.260”. Así resumió Dante Vega la participación del imputado Morellato en la causa.

Cuando Morellato y una serie de ex policías -que convocó en su defensa y cuyas mentiras no son ni valorables- declararon ante el Tribunal, intentaron deslindar la participación del entonces oficial principal y del Cuerpo de Motorizada en el caso particular y en operativos referentes a la denominada “guerra contra la subversión” en general. Sin embargo, el fiscal recordó episodios anteriores que contradicen esto: Ana María Bakovic y Daniel Rabanal fueron detenidos en distintos operativos por el Cuerpo de Motorizada, esto tras recibir la orden de prestar apoyo ante la detección de “elementos subversivos". Francisco Amaya, Pablo Seydell y Daniel Moretti fueron secuestrados por la misma fuerza el 15 octubre de 1976 y fueron -también- trasladados a la sede de Motorizada.

El imputado refirió que era ignorante respecto de las funciones del D2. Sin embargo puso a disposición de ese órgano a distintos detenidos; también contó el mismo Morellato que una vez fue citado por Sánchez Camargo y creyó que quizás estaría subiendo -al piso superior de ese centro de detención- para no bajar más, como sucedió con tantos.

Sobre el caso Ramos-Iturgay, los ex agentes argumentaron que Morellato no estaba en funciones esa noche -porque se había ido a dormir, dijeron- y que cuando Motorizada detenía personas cumplía con la norma de llevarlas a la seccional policial más cercana, salvo que se tratase de militantes políticos. En esos casos, se los debía llevar al D2, según orden vigente del jefe de la policía Julio César Santuccione. Con esto, intentaron desmentir que Ramos e Iturgay hubiesen sido detenidos e interrogados bajo torturas en la sede del Cuerpo, que funcionaba en la Comisaría 25 y en donde -argumentaron- no había calabozos.

Sin embargo, en el libro de novedades de Motorizada figura la entrada de Inchaurraga y Olivera, sus números de documento y los datos filiares, de ocupación y domiciliarios. Esto echa por tierra la excusa del imputado respecto de que los detenidos fueron a parar a la sede del Cuerpo porque había dudas sobre sus identidades. En realidad, explicó el fiscal, “en el lugar de detención, Motorizada requisó a Ramos e Iturgay”. A uno le encontraron restos de papeles con impresiones de Montoneros y a otro un revólver. De allí que, aún creyendo en los nombres de Inchaurraga y Olivera, los llevan a la sede del Cuerpo para interrogarlos -“y no a la Comisaría 4ª que era la que tenía jurisdicción"-, porque detectaron que se trataba de militantes. Recién cerca de las once de la mañana el jefe del D2, Pedro Dante Sánchez Camargo los retiró para trasladarlos a ese centro de detención y torturas. Nunca más se supo nada de ellos.

También está acreditado que “en la sesión de tortura” bajo “el mando de Fernando Morellato, los policías lograron que ambos militantes, después de un cierto lapso de tiempo, revelaran sus verdaderas identidades”. “Esto implica”, agregó Vega, “que resistieron lo suficiente como para no poner en peligro a compañeros suyos”. De esto da cuenta “el propio Sánchez Camargo quien en la nota que firmó el 5 de noviembre de 1976, pidiendo una sanción para Morellato, dice que éste hizo preguntas “que no hacen al caso” dando tiempo a los militantes “a que cumplan su medida de seguridad (...) pues del correr del tiempo se trata”.

A la prueba documental mencionada se suma la testimonial de Oscar Heinze, dueño del Citroën que habrían intentado robar. “Esa noche fui alertado por un vecino, salí y encontré una patrulla con cuatro agentes con armas largas" que le dijeron que habían tratado de robar su auto y que tenía que ir a formular la denuncia a la comisaría que estaba frente a la plaza San José”, agregó que “nunca vi a los detenidos”.

En el contexto de este operativo se entiende el “enojo” de Sánchez Camargo cuando Morellato intervino: “Ramos e Iturgay estaban siendo perseguidos, pero no en forma aislada ni descontextualizada sino en plena cacería de militantes montoneros por parte del D2”. La intervención no especializada de Morellato y Motorizada habría impedido la aprehensión de cuatro militantes más.

“Morellato era la máxima autoridad de guardia el día del secuestro, él mismo admitió que ordenó la detención de ambos, tengo por probado que dio la orden de traslado -Sánchez Camargo dice en su nota de 1976: “ambos detenidos fueron puestos a disposición del D2 al filo del mediodía”-, participó activamente en el interrogatorio bajo tortura” enumeró el fiscal. “Si Morellato era quien estaba a cargo de la dependencia, o era el segundo o el tercero al mando, resulta irrelevante a los fines de su responsabilidad penal por la propia dinámica del aparato organizado de poder que integraba y por los principios que regulan la responsabilidad penal en estos casos”, explicó.

Según el libro de novedades “ocho efectivos de Motorizada salen en comisión en autos particulares a las 10:10 de la mañana, antes de que llegue el jefe del D2 a llevarse a los secuestrados”, pero se trata de una mentira que sólo pretende consignar que Morellato y sus secuaces no estaban durante el traslado. Nunca se imaginaría el imputado -quien ordenó fraguar estas anotaciones-, que la mentira terminaría develándose en un Tribunal Federal más de treinta y seis años después” señaló Vega para orgullo de más de la mitad de la sala.
Dante Vega: La faena represiva y la resistencia

viernes, 22 de febrero de 2013

053-M: Desapariciones de Adriana Campos y Antonio Alcaráz; y privación de la libertad de Martín Alcaraz. Alegato I: Fiscalía

La maquinaria y las órdenes
21-02-13 | El fiscal Dante Vega alegó por las desapariciones de Antonia Adriana Campos y José Antonio Alcaráz; y la sustracción ilegal del hijo de ambos, Martín. Los imputados son los militares Paulino Enrique Furió y Juan Antonio Garibotte; y los policías Aldo Patrocinio Bruno Pérez, Ricardo Miranda Genaro y Alsides París Francisca -jefe de Policía y enlace militar.
Reconstrucción fotográfica de la casa del matrimonio Campos-Alcaráz que consta en la Causa
Estos casos tuvieron una elevación a juicio parcial y se trataron en el segundo proceso oral por delitos de lesa humanidad en Mendoza. En ese juicio de 2011 se trató junto a la desaparición de la hermana de Antonia, Silvia Campos -secuestrada en mayo de 1976-. Por cuestiones técnico-burocráticas, la Causa fue juzgada por partes y, a la vez, quedó marginada del grupo de casos de diciembre de 1977 -Causa 085- ocurridos en el marco del denominado Operativo Escoba que tuvo por objetivo el “desmembramiento” del Partido Comunista Marxista Leninista -PCML-.

Se trató de un operativo de alcance nacional y, al igual que lo comprobado en la Causa 077M -desapariciones en mayo de 1978-, se realizó con el accionar “conjunto” de fuerzas militares y policiales. “Su ejecución tuvo lugar entre fines de 1977 y principios de 1978”, describió el fiscal.

“Todo operativo fue conjunto tanto en su diagramación como en su ejecución”, explicó Vega. Existía “una Comunidad Informativa que combinaba la inteligencia policial con la militar” y “el modus operandi” que se repitió en todo el país implicó “zonas liberadas, santos y señas intercambiados con la policía; intervención directa de ésta en los secuestros ilegales, en conjunto con militares” y  “paralela o subordinadamente, casos de ‘aseguramiento del perímetro’”.

D2 en el ojo de la tormenta
“Se encuentra probada con certeza la intervención del D2 en la inteligencia previa, en el secuestro y la posterior desaparición de Antonia Adriana Campos y José Antonio Alcaraz y, por ende, en la sustracción ilegal de Martín Alcaraz”. Así comenzó el fiscal el apartado en su alegato referido a las responsabilidades.

En el Libro de Registro de Prontuarios Civiles devueltos al Archivo General D5, “habilitado el 20 de diciembre de 1977 con la firma de Aldo Patrocinio Bruno”, consta el pedido y la devolución de prontuarios del D2 al D5. Entre ellos, consta que el D2 pidió y devolvió juntos los legajos de Campos y Alcaráz. Aldo Patrocinio Bruno dijo en su única declaración indagatoria que él -como segundo jefe del D2 primero, y jefe después- solo hacía “trabajo administrativo”, que redactaban “informes” a pedido de “diversas dependencias”.

Jorge Aladino Rivero, policía que por entonces trabajaba en el D5, testimonió en este juicio: “Venían de las distintas oficinas de investigaciones y sacaban estos prontuarios y después los devolvían”. Lo que Bruno “burocratizó”, en palabras de Vega, Rivero lo ancló: “oficinas de investigaciones” eran las que pedían los legajos. “En otro tramo de su declaración Rivero dijo que escuchó gritos que provenían del D2, ‘muy fuertes’ y agregó que en esa época sabía que esos gritos podían ser de torturas o tormentos”, recordó el abogado.

“Existen tres testimonios” repasó el fiscal, “que mencionan al D2 en esta Causa”: José Alcaráz padre se presentó ante el Juez Federal Gabriel Guzzo -próximamente enjuiciado por complicidad con la dictadura- el 29 de diciembre de 1977. Allí dio cuenta del Habeas Corpus presentado por su hijo y su nuera, y agregó que tuvo “conocimiento” de que “se encontrarían detenidos” en “dependencias del D2”, lo cual supo por “personas a quienes se les ha permitido la visita a familiares detenidos en esa dependencia”. El padre de Adriana, Pedro Campos, “fue citado al D2, no a la Comisaría Tercera ni a Rentas. Al D2” remarcó Vega. Allí le dijeron que a su hija y su yerno los tenían “fuerzas de seguridad, pero nadie me dio ningún comprobante de nada”.

Calificar al represor
Al igual que en las causas anteriormente alegadas, Dante Vega refirió que la responsabilidad de los imputados corresponde a las funciones y cargos que cumplían: “La maquinaria terrorista funcionaba en base a las órdenes que se daban”. Pero son responsables no sólo por eso.

Paulino Enrique Furió era, a fines de 1977, Jefe de la División II de Inteligencia -G2- del Ejército. Funcionaba en la sede del VIII Comando de Brigada de Montaña, donde se reunía la Central Única de Inteligencia” -la Comunidad Informativa.

Vega remitió a argumentos expuestos anteriormente que explican el “rol fundamental que cumplió la inteligencia militar en el aparato organizado de poder”. El accionar conjunto de las fuerzas y el mando primigenio del Ejército corresponden a una “continuidad de la estructura militar antes y después del golpe de Estado”, plasmada en un cuerpo normativo “de superficie” -como el Reglamento sobre Organización y funcionamiento de los Estados Mayores: “el jefe de inteligencia será el principal miembro del Estado Mayor que tendrá responsabilidad primaria sobre todos los aspectos relacionados con el enemigo”- y también en manuales y reglamentos clandestinos.

Furió era entonces el “principal coordinador de los interrogatorios, seleccionador de los prisioneros y responsable de la reunión de información sobre el enemigo”. Furió “miente cuando dice que el General Maradona “tenía mando directo con los Jefes de Unidades sin pasar por el Estado Mayor en la Brigada”, agregó el fiscal.

Juan Antonio Garibotte fue enviado el 26 de noviembre de 1975 a Tucumán para participar en el “Operativo Independencia”, retornó a Mendoza luego de casi 35 días. El 9 de marzo de 1976 fue enviado nuevamente a Tucumán. Esa vez permaneció casi más de dos meses. En su informe de desempeño del 15 de octubre de 1976, fue calificado con promedio 100 y se consignó que es “uno de los pocos sobresalientes para su grado”, repasó Vega. El 15 de diciembre de 1976 asume en el Comando de la VIII Brigada como Auxiliar del G2.

“Garibotte evidentemente miente cuando afirma en su indagatoria prestada en la instrucción que no supo ni  participó en ninguna tarea relacionada con la ‘lucha contra la subversión’”, advirtió Vega. El represor dijo en ese testimonio: “mi tarea se limitaba a producir informes del área, es decir, explotación de prensa, cumplimentar informes que eran requeridos a Inteligencia, pero no referidos a la problemática que se me plantea de subversión”.

Vega recordó que el 7 de abril de 1977 este militar participó del operativo en la casa de los padres del desaparecido Rodolfo Vera, ocurrido dos días después de que el padre de Rodolfo presentara un escrito reclamando la camioneta que se robaron las patotas cuando secuestraron a Jorge Becerra. “El propósito del allanamiento era dar con el paradero de Vera” aclaró el fiscal.

Alsides Paris Francisca era Jefe de la Policía de Mendoza a fines de 1977, con “gran capacidad de adaptación, realizando una meritoria labor, animada por una elevada cuota de iniciativa y responsabilidad” según consta en su legajo. Nunca prestó declaración. Sí lo hizo Pedro Dante Sánchez Camargo en 1986 -quien fuera jefe del D2- y aclaró: “El Comando de Operaciones Táctico funcionaba a través del jefe de Policía que recibía órdenes y las trasmitía al D2”. “Francisca, como máxima autoridad policial, no pudo desconocer los operativos que llevaban a cabo sus subordinados, algunos en operaciones conjuntas con fuerzas militares”, señaló.

Ricardo Benjamín Miranda fue jefe del D2 entre agosto y diciembre de 1977. “En su carácter de máximo responsable del centro clandestino no pudo permanecer ajeno a la estructura que formó la inteligencia para proceder al secuestro del matrimonio Campos-Alcaráz ni tampoco a la permanencia en las dependencias de las víctimas en el D2” aseguró el abogado.

Aldo Patrocinio Bruno fue segundo jefe del D2 cuando lo comandaba Miranda, y luego lo sucedió en el cargo. En su descargo en la instrucción dijo que “para esa época no había detenidos en el lugar”, que ignoraba “si allí hubo gente detenida anteriormente” y agregó sobre las víctimas: “no los conozco ni he escuchado hablar de las mismas ni he participado del procedimiento que diera lugar a la presunta detención de las mismas”.

El fiscal señaló a los imputados como coautores mediatos por los delitos de privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas; y homicidio doblemente calificado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas. También por sustracción de un menor de diez años  -Martín Alcaraz-; robo agravado por haberse cometido con armas -el “hociqueo”, la “rapiña” en la casa del matrimonio-; todos delitos perpetrados en el marco del de asociación ilícita, constituyen delitos de lesa humanidad y cometidos en el contexto del genocidio.
Dante Vega: Responsabilidades y mandos

“Un hecho vidrioso”. Antonia, José y Martín
Vega hizo una reconstrucción de los hechos: el secuestro de Campos y Alcaráz; la “rapiña” y “hociqueo” que la patota hizo en la casa del matrimonio; la sustracción ilegal de Martín y la entrega del niño que hicieron a escondidas y en una caja. Luego repasó las responsabilidades de los imputados y especificó las calificaciones que les cabe.
Reconstrucción fotográfica de la casa del matrimonio Campos-Alcaráz que consta en la Causa
Antonia Adriana Campos estudiaba medicina pero abandonó la facultad por falta de recursos. Con su hermana Silvia “compartían no sólo sus estudios de Medicina sino también los ideales de izquierda, en particular la atracción por la figura del Che Guevara”, recordó Dante Vega. Antonia militaba en el PCML y Silvia en el Partido Revolucionario de los Trabajadores -PRT-.

Dante Vega recordó que Martín Alcaráz declaró que días antes del operativo su madre le habría comentado a su abuela que “estaban investigando las circunstancias del secuestro” de Silvia y que “estaban muy cerca de dar con su paradero”. Antonia Catania, la mamá de Adriana, contó en testimonio anterior que su hija le dijo: “Mirá mamá, pronto vamos a saber algo de Silvia, porque algo me han informado, ya te lo voy a decir”.

José Antonio Alcaráz fue empleado farmacéutico, trabajó en una imprenta de la Cuarta Sección de la Ciudad de Mendoza y fue delegado gremial. Tenía “fuertes ideas de izquierda”, según relató su hijo ante el Tribunal. Campos y Alcaráz se casaron en 1975, “cuando Antonia tenía 18 años y José 20”. En 1977, José trabajaba con su padre en un comercio y vivía con su esposa en Godoy Cruz. “A principios de 1977 nació  Martín”, repasó el fiscal ante la atenta mirada de la sala y de los imputados presentes -Bruno y Miranda.

Varios testimonios dieron cuenta de la militancia de Antonia y José en el PCML y de su asistencia a reuniones en la mimbrería de Rodolfo Vera y Néstor Carzolio; encuentros en un camping en Cipolletti y en Nonquén. Martín comentó que sus padres aportaban folletería al PCML hecha en el negocio del padre de José. Al respecto, el fiscal relevó un hecho que comprueba la inteligencia hecha previamente para planificar los secuestros: Ricardo D’Amico relató que junto a Campos, una de sus hermanas y Alcaráz fueron demorados por la policía en la Terminal de ómnibus cuando volvían del dique Cipolletti. “Durante un par de horas” los “interrogaron en una celda”; probablemente porque tenían “unos papeles de izquierda”. En ese momento eran menores de edad y los liberaron. Esto ocurrió entre fines de 1974 y comienzo de 1975. La policía ya sabía quiénes eran.

El 6 de diciembre de 1977, cerca de las dos de la mañana, “el matrimonio Campos-Alcaráz y su hijo Martín, de diez meses, dormían en su casa”, repasó el fiscal. Un grupo de personas ingresó violentamente a la vivienda, rompieron la puerta. “Como ya es costumbre verificar, los secuestradores no se privaron de hocicar en los bienes del matrimonio y de robar lo que pudieron”. Sobre “la rapiña” desde la década de 1980 los padres de Adriana, denunciaron que “los secuestradores robaron la heladera, el televisor, los sillones y hasta los cubiertos y utensilios de cocina”. Los vecinos dijeron que “escucharon fuertes ruidos provenientes de la vivienda y que pudieron ver cómo miembros de la policía estaban cargando las cosas de la vivienda en un camión”.

El 6 de diciembre al mediodía, los padres de José y Antonia hicieron la denuncia en la Comisaría Séptima de Godoy Cruz -consta en Libro de Novedades-. Cuatro horas más tarde, “se tomaron su tiempo ante una denuncia grave” -acotó el fiscal-, agentes fueron a la vivienda del matrimonio y allí los denunciantes expusieron lo sucedidos a sus hijos y su nieto -según consta en el acta del procedimiento-.

Dante Vega no pudo más que transmitir la aún inagotable capacidad de asombro: en el Libro de Novedades citado se consignó que “se habría cometido un hecho vidrioso”. “Que es vidrioso el hecho no me caben dudas”, dijo Vega, “me gustaría saber qué quiso decir con ‘vidrioso’, pero lo calificó perfecto”.

“El detalle macabro... como todos los detalles en este caso”
Martín Alcaráz fue secuestrado junto a sus padres. “Pasó veinticuatro horas en poder de sus captores” relató Vega la historia que calificó de “macabra”.

Las familias de Campos y Alcaráz vivían a escasos metros entre sí. A fines de 1977,  Mario Armando Gómez estaba de novio con una de las hermanas de José y vivía frente a los Campos. Al día siguiente del secuestro, vio que cerca de las dos de la madrugada había dos autos Ford Falcon estacionados en las inmediaciones, un rato después llegó un tercer auto y “de él descendieron dos personas corpulentas que vestían camisas manga corta color celeste y llevaban consigo una caja, que dejaron en la puerta de la casa de la familia Campos”. En esa caja estaba Martín “envuelto en una frazada”.