El mejor camino
02-08-2012 | Mendoza, cada vez más cerca de saldar los largos
años de impunidad sobre su historia en relación al terrorismo de Estado de la última
dictadura cívico militar. Seis Causas, diez imputados y marcadas
profundizaciones trabajadas por parte de los abogados representantes de los
Organismos de DDHH, gestores iniciales de estos históricos juicios por delitos
de lesa humanidad. Participan también abogados del Estado Nacional y Provincial.
Con la presidencia de Juan Antonio González Macías, el Tribunal conformado por Antonio Burad, Alejandro Nocetti Achaval y Jorge Picarenco (suplente) abrió el histórico tercer Juicio por delitos de lesa humanidad en Mendoza. Fuera del TOF 1, en las escalinatas, en la calle, el incesante reclamo por Memoria, Verdad y Justicia de los Organismos de Derechos Humanos y el acompañamiento de amplios sectores de la sociedad. Adentro, en la sala de audiencias, idénticas expectativas, con familiares de víctimas, referentes y la cobertura de medios de todo el país. Presentados los defensores oficiales y las partes acusatorias: Fiscalía General y los querellantes por Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Gobierno de Mendoza, Movimiento Ecuménico (MEDH), Liga Argentina por los Derechos del hombre y la querella particular de Roberto Vélez; se entabló contacto con los diez imputados.
Apenas tres de ellos estuvieron presentes en la sala: los ex-policías
Aldo Bruno Pérez, Fernando Morellato Donna y Ricardo Benjamín Miranda Genaro.
Paulino Furió, ex-militar, ausente con certificado médico, descompensado a
causa de tratamiento de quimioterapia. El resto, por teleconferencia: desde
Rosario, Dardo Migno Pipaon y Alsides París Francisca, militares retirados; desde
Comodoro Py, Ramón Ángel Puebla, ex-militar; desde la sala de la Cámara Federal
de Apelaciones en el mismo TOF, Juan Antonio Garibotte -inteligencia-, Armando Fernández
Miranda -enlace entre Fuerzas-, Juan Agustín Oyarzábal, -ex-policía, actual “sordo”-.
Con la excepción de Morellato, que pidió hacerlo el tres de agosto en presencia
de su abogado, el resto se abstuvo de declarar. El “color” sobre su identidad lo
dio Garibotte que, ante el asombro de los presentes, manifestó ser docente de ciencias
sociales, con licencia en la escuela Malharro de Torres, Tupungato. Genera repudio lo que un imputado por delitos como los atribuidos a Garibotte pudiera "enseñar" a sus alumnos.
La lectura de los requerimientos de elevación a Juicio detalló la calificación
legal de los hechos y delitos investigados. El Juicio abarca 6 grupos de Causas
que contemplan 28 víctimas de las cuales 23 permanecen desaparecidas y sólo 3
continúan con vida. Se enfatizó que el plan sistemático de desaparición forzada
de personas entre 1976 y 1983, cometido por agentes del terrorismo de Estado de
la última dictadura, se basó en el exterminio de opositores políticos conformando
un abuso arbitrario de poder sobre los ciudadanos. Por eso el perfil político
ideológico de las víctimas se considera central en las reconstrucciones.
Las Causas:
Las Causas:
077-M, procesado Bruno,
por los delitos de privación de la libertad agravada y desaparición forzada de
Margarita Doltz, Raúl Gómez, Gustavo Camín, Mario Camín, Daniel Romero, Juan
Carlos Romero, Víctor Hugo Herrera, Juan José Galamba y Ramón Sosa. Los
secuestros se produjeron en mayo de 1978, en el marco del “megaoperativo” a
nivel nacional del accionar represivo del Grupo Especial 78. Estos secuestros
consecutivos y relacionados fueron coordinados por las Fuerzas Armadas y las
policías Federal y Provincial.
085-M, procesado Furió,
por los delitos de privación de la libertad agravada, desaparición forzada y
asociación ilícita contra Néstor Carzolio, Nélida Tissone, Alberto Jamilis,
Rodolfo Vera, y el matrimonio conformado por Walter Domínguez y Gladys Castro,
embarazada de seis meses, cuya hija/ hijo no ha recuperado su identidad. Además
de homicidio doblemente calificado, robo simple y robo agravado. El elemento
aglutinante del grupo de personas es su perfil político, todos parte del
partido Marxista-Leninista.
053-M, procesados
Furió, Garibotte, Paris, Miranda y Bruno por los delitos de privación de la
libertad agravada y homicidio doblemente calificado de Adriana Campos y Antonio
Alcaráz; robo agravado, asociación ilícita y la sustracción de un menor, Martín
Campos (de un año), hijo de ambos, abandonado luego en la puerta de la casa de
sus abuelos maternos. La permanencia del matrimonio en el Departamento de
Investigaciones 2 de la Policía de Mendoza ha sido acreditada en diciembre de
1977, según constan denuncias en comisaría 7ma de Godoy Cruz y otros testimonios.
Se constata también la relación de militancia con las causas 085-M y la
persecución previa al resto de la familia, tal el caso de María Silvia,
desaparecida un mes antes, hermana de Adriana.
076-M y compulsa
0687-E, procesados
Migno y Puebla, por los delitos de privación de la libertad agravada y torturas
contra Oscar Guidone, Roberto Vélez y Martín Lecea. Algunos hechos: la brutal
tortura física y psíquica contra Guidone, secuestrado por personal del Ejército
y en la Compañía de Comunicaciones VIII, por lo que fue intervenido quirúrgicamente.
Monseñor Rey, que testimonió en el juicio pasado y arguyó no recordar el papel
de la Iglesia en el terrorismo de Estado, casó a Guidone en el “despacho” del
torturador Migno, bajo actuación de dos funcionarios del Registro Civil. Lecea
y Vélez, militantes del partido Comunista, fueron aislados y torturados en
Comunicaciones en 1976.
075-M: procesados Furió, Oyarzábal, Fernández,
Miranda y Morellato por los delitos de privación de la libertad agravada, tormentos
y desaparición forzada de Roberto Blanco, Blanca Santamaría, Miguel Poinsteau,
Oscar Ramos, Oscar Iturgay y Angeles Gutiérrez de Moyano. Este grupo fue
perseguido entre principios de 1.976 y mediados de 1.977. De extracción
peronista, en Montoneros o en la JP, y con pruebas de haber sufrido el modus
operandi del personal del D2.
055-M, procesado
Puebla, por los delitos de privación de la libertad agravada, tormentos, asociación ilícita y robo contra Ángel
Bustelo. En el anterior juicio había sido condenado por estos hechos Dardo
Migno. Puebla está sindicado como responsable del Centro clandestino de detención, Comunicaciones.
Apenas uno de los traslados donde se reprimió al abogado y dirigente del
partido Comunista.
(ver Causa Bustelo)
(ver Causa Bustelo)
Calificaciones y pedidos de prisión preventiva
Tras el cuarto intermedio las querellas solicitaron modificaciones acordadas con pequeñas aclaratorias o añadiduras. El cambio en las calificaciones se sustenta en precedentes de los procesos realizados en 2010 en San Rafael, en 2011 en la Ciudad de Mendoza y en el juicio en curso en San Juan.
Tras el cuarto intermedio las querellas solicitaron modificaciones acordadas con pequeñas aclaratorias o añadiduras. El cambio en las calificaciones se sustenta en precedentes de los procesos realizados en 2010 en San Rafael, en 2011 en la Ciudad de Mendoza y en el juicio en curso en San Juan.
Fiscalía hizo un planteo, invocando el principio de congruencia, para modificar algunas imputaciones: se incorporaron agravantes en las privaciones de la libertad y en todos los casos los acusados deberían ser juzgados por asociación ilícita. Además se estableció que en los casos de tormentos, secuestros y desaparición de personas correspondería la acusación por homicidio calificado; encuadrados siempre dentro de los delitos de Lesa Humanidad.
También se solicitó la detención de los 6
imputados que llegaron en libertad al actual proceso: Puebla, Fernández,
Morelatto, Bruno, Garibotte y Miranda. Para el Dr. Salinas (MEDH) la mecánica
de ocultar los cuerpos "de nuestros desaparecidos" respondió al
interés de que, llegada una instancia judicial, se atenuara el cargo de
privación ilegítima de la libertad. "Mantener libres a estos señores
después de los espantosos crímenes que cometieron es, justamente,
desmerecer esos crímenes". El Dr. Peñaloza (Secretaría Derechos Humanos) señaló
que es responsabilidad del Estado Nacional "ante los organismos
internacionales que estos delitos se investiguen, se juzguen, se condenen,
y que esa condena se haga efectiva", por lo cual es imperioso "que
los acusados estén presentes o puedan ser inmediatamente individualizados"
y que "el modo más seguro de que eso suceda es que estén detenidos".
Por último, para el Dr. Vega (Fiscal), si bien no
se puede responsabilizar hasta el momento a los imputados por las amenazas
sufridas por el juez Burad, la detención serviría para dar un mensaje claro a
los “nostálgicos" que suponen que gozan de impunidad para realizar actos
de amedrentamiento de ese tipo.
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